Redacción
Si fumas y no respetas los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y cigarros electrónicos, podrías quedar bajo arresto hasta 36 horas. La nueva Ley de Protección contra la exposición de humo de tabaco fue aprobada por los diputados de la Comisión de Salud en el Congreso del Estado.
En el documento se decretó que la ley consideraría espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y cigarros electrónicos en áreas físicas o cerradas de acceso público, así como en los lugares de trabajo, puertas de acceso a interiores, vehículos de transporte público y sitios de concurrencia colectiva.
De acuerdo con la Comisión de Salud, la ley también se aplicaría para establecimientos mercantiles en donde se expandan al público alimentos y bebidas de consumo en el lugar, como lo son restaurantes y bares, entre otros.
En dado caso de que se habiliten los espacios correspondientes al aire libre, las personas tendrán que ser separadas de las áreas de no fumar, de tal forma que los demás clientes no tengan que transitar por esa zona.
Respecto a las sanciones, la nueva legislación establece amonestación con apercibimiento; multa de hasta 347 mil 520 pesos a locales o su clausura total o parcial, aunado al arresto de hasta 36 horas a aquellos fumadores que no acaten la ley.
Asimismo se delimitó que en caso de reincidencia, se aplicaría el doble del monto de la sanción. Con la expedición de esta nueva ley, diputados de comisiones dieron luz verde para abrogar la actual.
Aunque todavía falta que la ley pase por el pleno del Congreso, de aprobarse, entraría en vigor 90 días después de su publicación para que los municipios realicen las adecuaciones reglamentarias correspondientes.
Con información de Tráfico ZMG