
Cabe recordar que el 28 de mayo el Consejo General del INE dictó la multa, sin embargo fue apelada por el partido, quien argumentó falta de sustento jurídico y que además el órgano electoral no respetó los plazos previstos dentro de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la multa de 757 mil 640 pesos impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD) por incumplir con obligaciones de transparencia requeridas por el INAI
Dicha multa fue establecida por incumplir con información considerada de interés público en torno al manejo de recursos públicos y financiamiento privado del partido.
El Tribunal indicó que el seguimiento hacia el partido inició por una verificación de información iniciada por el INAI al Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia, con la que se dio el incumplimiento.
Por lo cual el PRD aseguró que la sanción fue impuesta casi dos meses después de que se aprobara previamente por la Comisión de Quejas y Denuncias.
La apelación fue presentada ante la Primera Sala del TEPJF, quien determinó que el INE es competente para emitir este tipo de sanciones y el sustento está estipulado en la Legipe.
Al respecto del plazo previsto en la ley para efectuar la sanción, el Tribunal subrayó que el funcionamiento del INE se vio mermado por la pandemia de COVID-19.
Con información de Revolución 3.0