Redacción
Violando claramente el Plan
Parcial de Desarrollo, una torre en construcción en El Country Club, de
Guadalajara, se sigue levantando pese a las denuncias de daños a casa aledañas
de los vecinos de la zona.
Aseguran que es otro ejemplo
de lo que ha generado la proliferación de edificaciones dañadas
estructuralmente, las casas aledañas y en consecuencia afectando el patrimonio
familiar.
Se ubica en la calle Mar
Jónico número 2272, cuya obra dio inicio en febrero pasado y que ha causado
graves daños en las casas vecinas.
El abogado Rene Ramos, asesor
de las familias afectadas señaló que presentaron un recurso legal para detener
la obra, pues la edificación se ha hecho en base a una serie de violaciones al
Plan Parcial de Desarrollo, valiéndose de argucias legales sin sustento,
además, dijo, se están haciendo las averiguaciones pertinentes para saber
quiénes son los propietarios de la construcción, pues dicha información hasta
el momento les ha sido negada.
“El ayuntamiento no está
teniendo los debidos cuidados para el otorgamiento de licencias; esta zona
había sido cien por ciento de construcción horizontal, de casas grandes, sin
embargo, por la misma plusvalía de la colonia se están construyendo una serie
de torres en donde se han ignorado las reglamentaciones vigentes”, comentó el
litigante.
Son obvias las
irregularidades, afirma, “los planes parciales vigentes son los
correspondientes al 2004, los cuales determinan a la zona como de uso
habitacional de densidad mínima, es decir en dicho predio sólo se podían
construir tres viviendas o un edificio de tres pisos, pero aplicaron los planes
de 2018 para otorgar la licencia sin importar que estos se encuentran
suspendidos debido a un juicio de amparo diverso”.
Acusó que se sacaron un
recurso de la manga y el gobierno municipal de Guadalajara autorizó la
construcción de un edificio de 15 pisos y un sótano de tres niveles, enfatizó
el litigante, “violando así las disposiciones legales y perjudicando
directamente a los propietarios de las casas vecinas, donde las residencias ya
presentan daños en sus estructuras, además del consecuente al perjuicio al
medio ambiente”.
Ramos, indicó que por
requerimientos del edificio se autorizaron 66 cajones de estacionamiento, sin
tomar en cuenta el tema demográfico, donde incluso el ayuntamiento sin razón
alguna les exentó el impacto vial, es decir aspectos relativos a las descargas
y contaminación que son muy importantes y son parte fundamental de la razón de
ser de los planes parciales de desarrollo.
La excepción, explica el
abogado, determina el impacto vial; el Reglamento de Gestión Integral de la
ciudad prevé ciertos supuestos donde se pueden hace excepciones que son sólo
cuando no genere tanto impacto, y el mismo reglamento señala que cuando se
trate de torres comerciales, habitacionales o de oficinas se hace necesario el
impacto vial “entonces no sabemos por qué la excepción”.
Con información de El
Occidental