Enrique Alfaro presenta Reforma Electoral que fortalece postulación de Mujeres
Guadalajara, Jalisco; 27 de junio de 2023.
El titular del Poder Ejecutivo, Enrique Alfaro Ramírez, presentó al Congreso del Estado una reforma electoral que fortalece y garantiza la postulación de las mujeres en las elecciones.
La propuesta que presentó el ejecutivo incluye un bloque poblacional y tres bloques de competitividad, divididos a su vez en sub-bloques. En el bloque poblacional se garantiza la postulación de mujeres en los 20 municipios más poblados.
Los municipios se ordenarán de acuerdo a la competitividad de cada partido político y posteriormente se dividirán en 2 sub-bloques de 10 municipios.
Hace unos días la Comisión de Puntos Constitucionales y Electorales del Congreso del Estado, aprobó someter a consulta del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, la iniciativa que reforma y adiciona diversos artículos del Código Electoral del Estado de Jalisco en Materia de Paridad.
Derivado de las reflexiones de diversos foros y opiniones, se presenta una iniciativa respecto a la postulación de candidaturas a munícipes, que busca incluir un bloque poblacional y tres bloques de competitividad, divididos a su vez en sub-bloques.
En el bloque poblacional se adiciona una acción que garantiza la postulación de mujeres en los 20 municipios más poblados.
Para tal efecto, los municipios se ordenarán de acuerdo a la competitividad de cada partido político y posteriormente se dividirán en 2 sub-bloques de 10 municipios. En cada sub-bloque se deberá postular en los primeros 5 municipios a dos candidaturas de un mismo género.
El modelo de postulación que se propone es similar al implementado en el proceso electoral 2020-2021 para la postulación de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, que logró la integración mayoritaria de mujeres en el Congreso Local, con un 63% de representación.
La iniciativa presentada por el titular Poder Ejecutivo del Estado, adiciona el Artículo 24 bis y reforma el artículo 237 del Código Electoral del Estado de Jalisco.
Artículo 24 Bis. 1. En ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que a alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos municipios más poblados de la entidad o en los que el partido político haya obtenido los porcentajes de votación más bajos.
Para garantizar esto, en el registro de candidaturas se observará lo siguiente:
Se enlistarán los 20 municipios con mayor población del estado de acuerdo con el censo de población del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y se ordenarán de mayor a menor conforme al porcentaje de votación válida obtenida por cada partido político en el proceso electoral anterior.
Esta lista se dividirá en dos bloques de 10 municipios cada uno. Al primer bloque se le denominará bloque de alta población-alta competitividad y al segundo bloque de alta población baja competitividad.
Una vez conformados los dos bloques, los partidos políticos y coaliciones deberán postular en los primeros cinco Municipios que integran cada bloque, al menos dos planillas encabezadas por un mismo género, de tal forma que se garantice la postulación de ambos géneros en los municipios más competitivos y de mayor población.
Hecho lo anterior, cada partido político o coalición enlistará el resto de los municipios en los que registraron planillas en la elección inmediata anterior, ordenados conforme al porcentaje de votación válida obtenida de mayor a menor.
Los municipios se dividirán en tres bloques en los que se hubiesen postulado candidaturas, en orden decreciente, de acuerdo al porcentaje de votación válida obtenida en la elección anterior, a fin de obtener un bloque de municipios con alto porcentaje de votación, un bloque con porcentaje medio de votación y un bloque con bajo porcentaje de votación.
Se deberá garantizar que en los subbloques de votación alta-alta, alta-baja, baja-alta y baja-baja, al menos el 50 por ciento de las candidaturas corresponda al género femenino.
Con Información de Noticias ZMG.