El pasado 10 de octubre este sujeto habría lesionado con un machete a una perrita de nombre “Masha”, ocasionándole la muerte. Esta agresión tuvo lugar en la colonia El Contadero, en el municipio de Ixtapaluca.
“Elementos de la Policía de investigación (PDI) de la Fiscalía Regional de Amecameca de esta Fiscalía General de Justicia Estatal (FGJEM) detuvieron a Feliciano ‘N’, de 36 años de edad, quien es investigado por su probable participación en el delito de maltrato animal”, se lee en un comunicado emitido por la dependencia de justicia.
Feliciano “N”, el hombre que en días pasados asesinó a machetazos a una perrita en el municipio de Ixtapaluca, Estado de México, fue detenido e ingresado a un penal de la zona, informó la Fiscalía General de Justicia de la entidad (FGJEM).
El día de los hechos, el detenido acudió al domicilio de la dueña del can para reclamarle que éste se había comido 11 pollos de su propiedad, por lo cual le exigió que le pagara por este daño. No obstante, la mujer se habría negado, por lo cual este sujeto ató a la perrita a una varilla y al parecer luego la atacó con un machete.
Estos hechos fueron videograbados y dados a conocer mediante redes sociales y medios de comunicación. Derivado de lo anterior fue integrada la carpeta de investigación respectiva y el Ministerio Público solicitó a un Juez librar una orden de aprehensión en contra del probable agresor, la cual fue otorgada y cumplimentada.
El pasado 10 de octubre este sujeto habría lesionado con un machete a una perrita de nombre “Masha”, ocasionándole la muerte. Estos hechos fueron videograbados y dados a conocer mediante redes sociales y medios de comunicación. pic.twitter.com/GwKs7BGJjy
— Alejandro Gómez Sánchez (@FiscalEdomex) October 20, 2020
8 AÑOS DE CARCEL POR MALTRATO ANIMAL:
El proyecto de ley que modifica la Ley 4840/13 y su modificatoria 5892/17 fue presentado al presidente de la Cámara de Senadores, Óscar Salomón. El documento plantea elevar la pena de prisión para los maltratadores de animales.
La propuesta fue presentada por el director Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal, Juan Manuel Enciso, y un grupo de ciudadanos que luchan contra este tipo de situaciones.
Desde Bienestar Animal sostienen que, actualmente, la normativa vigente establece una pena máxima de 2 años, con lo que los maltratadores no van a la cárcel, por esta razón se plantea aumentar esa expectativa de pena a 8 años.
La modificación propone calificar el maltrato animal como un crimen para que los autores vayan a la prisión sin opciones a medidas alternativas, un pedido reiterativo desde las comunidades animaleras del país.
En el 2017 fue promulgada la Ley 5892, que modifica los artículos 10 y 38 de la Ley 4840/13, de Protección y Bienestar Animal, y se establecieron nuevas penas para quienes maltraten a las mascotas.
La normativa actual determina la pena de dos años de cárcel a personas que sin ningún motivo matan a las mascotas domésticas o las maltratan física y sicológicamente. También se consideran los casos de zoofilia, de abandono, la cría y la comercialización de animales sin licencia ni el permiso correspondiente.
En el caso de que se diera un accidente vehicular en donde una mascota doméstica resulte herida o muerta y no exista intención por parte del conductor, la pena no se aplicará. La omisión de auxilio sí se encuentra entre las acciones posibles de recibir la pena.
Si se diera la situación en donde un perro ataque a alguna persona y por defensa propia el afectado mate al animal, no será considerado culpable. Por su parte, la pena recaerá sobre el dueño del animal por tenerlo de manera irresponsable. La pena sería la prohibición de tener mascotas por un plazo de hasta diez años.
En el caso de los caballos utilizados para estirar los carros de madera, la ley no los considera como animales domésticos; sin embargo, existe multa por maltrato y ordenanzas que prohíben que sean usados de ese modo en algunos municipios.
En junio de este año se logró condenar por primera vez a un hombre con la pena máxima de libertad de dos años, pero el condenado fue beneficio de la suspensión a prueba de la ejecución de la condena, por lo que no fue a prisión.
Con información de Sin Embargo.