Modalidad 40 del IMSS: esto es lo que necesitas para pensionarte con 50 mil mensuales.

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Modalidad 40 del IMSS: esto es lo que necesitas para pensionarte con 50 mil mensuales.

Modalidad 40 del IMSS: esto es lo que necesitas para pensionarte con 50 mil mensuales.ZMG /Viernes, 20 de mayo del 2022




Si aún te faltan algunos años para pensionarte, existe la Modalida 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), esta opción ayuda a que tus ultimos años cotizando incrementen hasta en 50 mil pesos tu pago final de retiro.

Con esta opción puedes realizar aportaciones voluntarias, de esta manera sumar semanas y subir tu monto de pensión, si se acerca la hora de pensionarte y aún no sabes que modalidad te corresponde, te damos la siguiente información para que tomes una decisión más acertada. 

¿De qué manera funciona la Modalidad 40? 

Esta opción también conocida como Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, es un beneficio para los trabajadores activos que empezaron a cotizar en el IMSS antes de 1 de julio del 1997, por lo tanto, están bajo el régimen de la ley de 73. Y obtienes un incremento en tu pensión por medio de dos maneras. 






Aumentar el número de las semanas que cotizaste en Instituto Mexicano del Seguro Social. 

Mejorando el promedio salarial en los últimos años que cotices para tu pensión. 

Requisitos para entrar en la Modalidad 40  

Estar inactivo ante el IMSS, que no esté cotizando semanas para pensionarte. 

Pedir el alta a la modalidad 40 faltando 5 años para tu fecha de baja. 

tener cotizadas por lo menos 52 semanas de trabajo en los últimos 5 años. 

Haber iniciado a cotizar ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997. 

Para darte de alta en esta modalidad, debes ir a la subdelegación del IMSS que este más cercano a tu domicilio y llevar los siguientes documentos. 

Un escrito de libre redacción para inscribirte en la modalidad 

CURP 

Identificación oficial original 

Comprobante de domicilio original y copia 

Número de Seguro Social, documento oficial 

No estar pensionado en el área de invalidez, cesantía o vejez. 

Para más información en este y otros temas puedes visitar nuestra sección de Retiro. 


Con información de Mi Bolsillo