Seguirán siendo juez y parte y el PRI les paga por tantos favores recibidos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación echó para atrás la ley que les prohibía ganar más que el presidente y que impulsó el primer mandatario, Andrés Manuel López Obrador, con su política de austeridad.
Los magistrados de la SCJN, que ganan hasta 600 mil pesos mensuales, suspendieron la aplicación de la Ley Federal Remuneraciones de los Servidores Públicos tras la acción de inconstitucionalidad que interpusieron senadores de oposición.
El ministro Alberto Pérez Dayán, de la SCJN, ordenó suspender la aplicación de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos luego del recurso de inconstitucionalidad presentado por senadores de oposición.
La acción de inconstitucionalidad que revisó el ministro Pérez Dayán fue firmada por los senadores Miguel Ángel Osorio Chong, Rafael Moreno Valle, Miguel Ángel Mancera y Dante Delgado Ranauro, líderes de los grupos parlamentarios del PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, respectivamente; además del senador independiente Emilio Álvarez Icaza, quien fue titular de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal de octubre de 2001 a septiembre de 2009.
“Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”, cita el informe del ministro Alberto Pérez Dayán, quien la Suprema Corte turnó el caso para su análisis.
Esto quiere decir que los diputados podrán fijar el salario el presidente tomando en cuenta las responsabilidades y especificaciones del cargo, no necesariamente los 108 mil pesos que había propuesto AMLO.
La ley quedará congelada y no se podrá aplicar hasta que la Corte resuelve el asunto.
El recurso se acumuló en el expediente 105/2018, que contiene la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre esta ley.